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Artículo 2 de la Ley 4.432 · Declara de utilidad publica unos terrenos del departamento de los andes

Declara de utilidad publica unos terrenos del departamento de los andes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24734 / 5959622.

Texto oficial

Art. 2.o La expropiación se verificará de acuerdo con la ley de 18 de Julio de 1857, y los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputarán al Presupuesto Extraordinario de Gastos para el presente año.