Saltar al contenido

Artículo 52 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 83

Fija reglamento del DFL nº 235, de 1999, que establece sistema de incentivos para la recuperacion de suelos degradados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247405 / 8049916.

Texto oficial

Artículo 52.- Las multas establecidas en el DFL Nº 235, de 1999, del Ministerio de Agricultura, serán aplicadas por el Servicio Agrícola y Ganadero de acuerdo con el procedimiento contenido en el párrafo IV, Título 1 de la ley Nº 18.755.