Texto oficial
Artículo 2.o La Municipalidad de Peñaflor invertirá el producto de este impuesto en las siguientes obras de la comuna, sin perjuicio de destinarlo al servicio de los empréstitos que se contrataren si se hace uso de la opción consultada en el artículo 4.o:
a) El 40% en la construcción de un edificio destinado a las oficinas municipales y fiscales;
b) El 30% en aportes al Ministerio de Obras Públicas para contribuir a la construcción de la red de alcantarilladoen la urbanización de barrios populares y poblaciones de mejoreros;
d) El 5% en el mejoramiento del estadio municipal.