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Artículo 2 de la Ley 14.098

Establece contribucion adicional sobre el avaluo imponible de los bienes raices de peñaflor

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247416 / 8373529.

Texto oficial

Artículo 2.o La Municipalidad de Peñaflor invertirá el producto de este impuesto en las siguientes obras de la comuna, sin perjuicio de destinarlo al servicio de los empréstitos que se contrataren si se hace uso de la opción consultada en el artículo 4.o: a) El 40% en la construcción de un edificio destinado a las oficinas municipales y fiscales; b) El 30% en aportes al Ministerio de Obras Públicas para contribuir a la construcción de la red de alcantarilladoen la urbanización de barrios populares y poblaciones de mejoreros; d) El 5% en el mejoramiento del estadio municipal.