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Artículo 1 de la Ley 6.433

Autoriza a la municipalidad de vallenar para contratar emprestito hasta por la suma de $ 2.000,000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247426 / 6561841.

Texto oficial

Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Vallenar para que, directamente o por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, contrate un empréstito interno hasta por la suma de dos millones de pesos ($ 2.000,000) a un interés que no exceda de 7% anual y con una amortización no inferior a 1% acumulativo anual.