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Artículo 3 (DEL ART. UNICO (DEL ART UNICO)) de la Ley 4.520

Ley 4.520

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24754 / 7169029.

Texto oficial

Art. 3.o Las entradas y los gastos serán aprobados anualmente, de acuerdo con la Constitución.