Texto oficial
Art. 8.o Se presume que el presupuesto de gastos es un cómputo exacto de las cantidades de dinero necesarias para atender los servicios públicos en él comprendidos.
Ley 4.520
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24754 / 7169034.