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Artículo 1 transitorio de la Ley 4.520

Ley 4.520

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24754 / 7169076.

Texto oficial

Artículo 1.o Deróganse las disposiciones de los decretos-leyes números 342, de 13 de Marzo de 1925, y 252, de 13 de Febrero de 1925, en la parte que ellas se refieren a la formación e inversión del Fondo General de Ferrocarriles y Fondo General de Servicios Eléctricos, respectivamente, y en la fecha de la aprobación de esta ley, los ingresos acumulados en tales fondos, pasarán a rentas generales.