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Artículo 5 de la Ley 4.589 · Establece un aumento adiicional de 10% sobre contribuciones a sitios eriazos, en santiago

Establece un aumento adiicional de 10% sobre contribuciones a sitios eriazos, en santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24762 / 8277529.

Texto oficial

Art. 5.o Estarán afectos al pago de la contribución adicional, los edificios inapropiados ubicados en los siguientes sectores de la ciudad: a) Superficie comprendida entre la antigua Plaza Italia, hoy Plaza General Baquedano y la calle Teatinos inclusive; y desde el río Mapocho hasta la Alameda de las Delicias; b) Superficie comprendida entre la calle Teatinos y la Avenida del Brasil y desde la calle de Huérfanos hasta la Alameda de las Delicias; c) Inmuebles con frente a la Alameda de las Delicias, desde la Plaza General Baquedano hasta la Plaza Argentina inclusive; y d) Inmuebles con frente a las calles del Dieciocho de Septiembre, Ejército Libertador, Avenida de la República y Avenida Blanco Encalada, entre Dieciocho de Septiembre y Vergara.