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Artículo 5 de la Ley 4.600

Autoriza al presidente de la república para suscribir $ 48.000,000 en acciones de la compañía electro-siderurgica e industria de valdivia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24765 / 7169400.

Texto oficial

Art. 5.o El Directorio de la Compañía Electro-Siderúrgica e Industrial de Valdivia, será formado por un presidente y siete directores, de los cuales dos serán elegidos por los accionistas privados, dos designados por el Presidente de la República y tres que investirán aquel carácter por derecho propio, a saber: El Superintendente de Salitre y Minas; El Director del Departamento de Industrias Fabriles; y El Presidente del Instituto de Crédito Industrial.