Texto oficial
Artículo 2.o El gasto que demande la presente ley se cubrirá con la mayor entrada proveniente de la ley número 4,536, de 18 de Enero de 1929, que fijó el impuesto a la producción y expendio de alcoholes.
Crea un ítem extraordinario, destinado a subvencionar diversas juntas de beneficencia.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24768 / 7169425.