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Artículo UNICO de la Ley 4.618 · Concede pensión de gracia a doña elena barrios viuda de whiteside

Concede pensión de gracia a doña elena barrios viuda de whiteside

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24778 / 7169444.

Texto oficial

Artículo único. En atención a los servicios prestados por el ex-capitán de fragata, don Arturo Whiteside, concédese por gracia y por el término de diez años, a su viuda, doña Elena Barrios, el goce de una pensión de dos mil cuatrocientos pesos ($ 2,400) anuales, de la que podrá disfrutar con exclusión de cualquiera otra, a contar desde el 1.o de Enero de 1930.