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Artículo 1 del Decreto 134

Reglamento de establecimientos de larga estadia para adultos mayores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247969 / 8653688.

Texto oficial

Artículo 1º.- El presente reglamento rige la instalación y funcionamiento de los establecimientos de larga estadía para los adultos mayores. Para los efectos de este reglamento, se considera adultos mayores a las personas mayores de 60 años.