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Artículo 2 de la Ley 4.656

Aumenta la pension de que disfruta la viuda e hijos menores del doctor don ernesto samith a.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24809 · idParte: 5960380

Texto oficial

Artículo 2.o La presente ley regirá desde el día 1.o de Enero de 1930.