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Artículo 2 de la Ley 4.679 · Substituye el articulo 11 de la ley numero 4,421, de 15 de septiembre de 1928

Substituye el articulo 11 de la ley numero 4,421, de 15 de septiembre de 1928

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24826 / 8277591.

Texto oficial

Artículo 2.o La presente ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.