Texto oficial
Artículo quinto. Fíjase, para el año 2005, la dotación máxima de personal en 2.637 cupos afectos a la Ley N°18.834 y en 3.938 horas semanales afectas a la Ley N°19.664, sin perjuicio de las variaciones de dotación que autorice la Ley de Presupuestos del Sector Público para dicho año.