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Artículo UNICO de la Ley 4.704

Ley 4.704

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24844 / 8277653.

Texto oficial

"Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para que traspase y suplemente el ítem 4|7|2/e/6 del Presupuesto vigente en la cantidad de treinta mil novecientos veinte pesos ($ 30,920), deduciéndola del ítem 04|07|01 del mismo Presupuesto.