Texto oficial
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Blanca Quezada viuda de Giménez, una pensión de cien escudos mensuales.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Concede pension, por gracia, a doña blanca quezada viuda de gimenez
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 248455 / 6565427.