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Artículo UNICO de la Ley 16.935

Concede pension, por gracia, a doña leontina gonzalez barrios y a doña maria del rosario gonzalez barrios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 248456 / 6565430.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Leontina González Barrios y a doña María del Rosario González Barrios, una pensión de Eº 80 mensuales, para cada una, con derecho de acrecer entre ellas. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.