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Artículo UNICO de la Ley 15.181

Abona, por gracia, para los efectos legales que señala, el tiempo servido que indica, por don alfredo figueroa poveda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 248518 / 6565642.

Texto oficial

Artículo único.- Abónase, por gracia, y para todos los efectos legales, incluso para el goce de trienios, los doce años, dos meses y veinticinco días, servidos en la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones, por don Alfredo Figueroa Poveda. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.