Texto oficial
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Fidelisa Aqueveque Gutiérrez viuda de Vilugrón una pensión mensual de E° 60,-.
El mayor gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.