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Artículo 3 de la Ley 4.716 · Declara de utilidad pública el predio denominado santa rosa, ubicado en chillán

Declara de utilidad pública el predio denominado santa rosa, ubicado en chillán

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24854 / 7169595.

Texto oficial

Art. 3.o Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de trescientos cincuenta mil pesos ($ 350,000) en el pago de las indemnizaciones a que dé orden la expropiación autorizada por la presente ley, y en la adquisición de elementos y materiales necesarios para dotar a dicho predio. Este gasto se deducirá de las sumas no invertidas en los ítem del presupuesto de Educación Pública destinados a la enseñanza normal.