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Artículo UNICO de la Ley 4.720 · Concede pensión de gracia a doña palmira menares viuda de ramírez

Concede pensión de gracia a doña palmira menares viuda de ramírez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24858 / 8277668.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia y por el plazo de diez años, a doña Palmira Menares, viuda del inspector de policía de Valparaíso, don Emilio Ramírez, el goce de una pensión mensual de cincuenta pesos, de la que disfrutará con las restricciones establecidas por la Ley de Montepío Militar.