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Artículo UNICO de la Ley 4.735

Concede pensión de gracia a doña filomena olmedo;viuda del ex-agente 1.o de la sección de seguridad don;luis narváez zúñiga.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24871 / 8277671.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia y por el plazo de diez años, a doña Filomena Olmedo viuda del ex-agente 1.o de la Sección de Seguridad de la Policía de Santiago y ex-combatiente de la guerra de 1879, don Luis Narváez Zúñiga, el derecho a gozar de una pensión de dos mil cuatrocientos pesos ($ 2,400) anuales. Esta ley empezará a regir desde el 1.o de Enero de 1930.