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Artículo UNICO de la Ley 4.754 · Concede pension al exinjenierio de la armada, don pedro kemner.

Concede pension al exinjenierio de la armada, don pedro kemner.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24887 / 5960687.

Texto oficial

Artículo único. En atención a los servicios prestados por el señor ex-ingeniero mayor de segunda clase de la Armada, don Pedro Kemner Rodríguez, concédesele, por gracia y a contar desde el 1.o de Enero de 1930, una pensión de doce mil pesos ($12,000) anuales.