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Artículo UNICO de la Ley 4.755 · Concede pensión de gracia a doña catalina elias viuda de gutiérrez

Concede pensión de gracia a doña catalina elias viuda de gutiérrez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24888 / 9042228.

Texto oficial

Artículo único. Concédece, por gracia y por el plazo de diez años, a doña Catalina Elías viuda de Gutiérrez, el goce de una pensión de setenta y cinco pesos mensuales, la cual disfrutará con arreglo a lo dispuesto en la ley de montepío militar, y a contar desde el 1.o de Enero de 1930.