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Artículo UNICO de la Ley 4.787 · Concede jubilación al oficial de sala senado, don ignacio osses

Concede jubilación al oficial de sala senado, don ignacio osses

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24911 / 7169713.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, al oficial de sala del Senado, don Ignacio Osses Urrutia, que tiene cumplidos más de cuarenta años de servicios, el derecho a jubilar con una pensión equivalente al sueldo íntegro asignado a su empleo, siendo de cargo de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas la parte de la pensión correspondiente al tiempo transcurrido desde su creación.