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Artículo 1 de la Ley 4.798 · Modifica el limite norte del departamento de antofagasta

Modifica el limite norte del departamento de antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24920 / 8277725.

Texto oficial

Artículo 1.o Modifícase el límite Norte del departamento de Antofagasta, señalado en el artículo 1.o del decreto supremo número 2,335 del Ministerio del Interior, en la forma siguiente: "El departamento de Antofagasta limitará por el Norte con una línea trazada desde el mar, frente a la quebrada Tames, hasta los cerros de Colupoy; desde éstos hasta el vértice de la Dirección de Catastro, ubicado en los cerros de Cuacate; y desde este punto hasta empalmar con el antiguo límite".