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Artículo 1 de la Ley 4.800 · Ley orgánica de la direccion de aprovisionamiento del estado.

Ley orgánica de la direccion de aprovisionamiento del estado.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24922 · idParte: 8853333

Texto oficial

Artículo 1.o La Dirección General de Aprovisionamiento del Estado, creada por decreto con fuerza de ley número 2,925 de 30 de Diciembre de 1927, dependerá del Ministerio del Interior, y tendrá a su cargo la adquisición, almacenamiento y distribución de todos los elementos necesarios para el funcionamiento de la Administración Pública y la enajenación de los excluídos del servicio.