Texto oficial
Artículo 1.o La Dirección General de Aprovisionamiento del Estado, creada por decreto con fuerza de ley número 2,925 de 30 de Diciembre de 1927, dependerá del Ministerio del Interior, y tendrá a su cargo la adquisición, almacenamiento y distribución de todos los elementos necesarios para el funcionamiento de la Administración Pública y la enajenación de los excluídos del servicio.