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Artículo UNICO de la Ley 4.809 · Autoriza la enajenación de los ex-transportes rancagua" y "maipo" de la armada nacional."

Autoriza la enajenación de los ex-transportes rancagua" y "maipo" de la armada nacional."

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24929 · idParte: 7169959

Texto oficial

Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para enajenar en pública subasta los ex-transportes "Rancagua" y "Maipo" de la Armada Nacional.