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Artículo 1 de la Ley 4.829 · Concede pensión de gracia a doña adela gonzález;viuda de sanz.

Concede pensión de gracia a doña adela gonzález;viuda de sanz.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24945 · idParte: 5961101

Texto oficial

Artículo 1.o Concédese, por gracia y a contar desde el 1.o de Diciembre de 1929, a doña Adela González, viuda del ex-ministro de la Corte de Apelaciones de Valdivia don Ramón Sanz Frías, una pensión de seis mil pesos ($ 6,000) anuales.