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Artículo UNICO de la Ley 14.741 · Concede pension, por gracia, a doña amelia jimenez soto viuda de quiroga

Concede pension, por gracia, a doña amelia jimenez soto viuda de quiroga

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 249578 / 6569693.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Amelia Jiménez Soto viuda de Quiroga, una pensión vitalicia de Eº 20 mensuales, en atención a los servicios prestados al país por el Coronel de la Guerra de la Independencia don Pedro Jiménez. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.