Texto oficial
Artículo 2º.- Otórgase un nuevo plazo de seis meses para la presentación de solicitudes de constitución de derechos de aprovechamiento permanente sobre aguas subterráneas a que se refiere el artículo 4° transitorio de la ley N° 20.017.
Este plazo comenzará a regir el 17 de diciembre de 2005 y expirará el 16 de junio de 2006.
Tratándose de las solicitudes a que se refiere el artículo 6º transitorio de la ley Nº 20.017, otórgase un nuevo plazo de doce meses para la presentación de solicitudes de constitución de derechos de aprovechamiento permanente sobre aguas subterráneas. Este plazo comenzará a regir el 17 de diciembre de 2005 y expirará el 16 de diciembre de 2006.".