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Artículo 2 de la Ley 7.756

Modifica la ley n° 4,554, sobre inscripciones electorales, y el decreto n° 1,472, de 1941, que fijo el texto de la ley sobre organizacion y atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 249722 / 8373983.

Texto oficial

Artículo 2.o Reemplázase en el artículo 9.o de la citada ley 4,554, la frase que dice: "a lo menos una hora diaria desde las trece horas", por la siguiente: "desde las dieciséis hasta las dieciocho horas".