La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24977 / 10033150.
Texto oficial
Art. 2.o Las disposiciones de la presente ley a que se refieren los números 4 y 13 del artículo 1.o y el artículo 1.o transitorio regirán, en lo que fueren aplicables para las comunas comprendidas en las disposiciones de la ley número 4.339, de 14 de Julio de 1928.