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Artículo UNICO de la Ley 6.587

Modifica la ley n.o 6,425, que reforma la ley de organización y atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 249843 / 8374016.

Texto oficial

Artículo único. Reemplázase en el artículo 13 de la ley N.o 6,425, la frase que dice: "...la ley N.o 5,169", por la frase: "...la ley de organización y atribuciones de las Municipalidades". La presente ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.