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Artículo 7 de la Ley 5.022

Ley 5.022

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25001 / 7170080.

Texto oficial

Art. 7.o Si la suma consultada en la Ley de Presupuestos no fuere suficiente para la adquisición de uniforme y vestuario, la Dirección General del ramo podrá obligar al personal a que complete su uniforme por su cuenta, para lo cual podrá descontarle hasta el 10 por ciento de su sueldo líquido.