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Artículo UNICO de la Ley 14.779

Reconoce, por gracia, en la hoja de servicios de don mario perez neves el tiempo servido que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 250160 / 6571691.

Texto oficial

Artículo único. Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales y, en especial, para los efectos de la ley número 5,489, de 25 de Diciembre de 1934, y sus modificaciones posteriores, y abónense en la hoja de servicios de don Mario Pérez Neves los seis años y ocho días, comprendidos entre el 1.o de Junio de 1931 y el 8 de Junio de 1937, que sirvió como empleado particular. Será de cargo del beneficiario el pago de las imposiciones que debe integrarse a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas durante el tiempo que se le reconoce por la presente ley. Para determinar el monto de las imposiciones se tomará como renta imponible el primer sueldo mensual como empleado público de que haya disfrutado el beneficiario después del tiempo que se le reconoce por la presente ley.