Texto oficial
Artículo 1.o El Instituto Bacteriológico de Chile, tendrá por objeto la investigación científica y la elaboración de sueros, vacunas, productos biológicos y bioquímicos, y demás productos que el Consejo determine.
Ley 5.078
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25024 / 7170122.