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Artículo UNICO de la Ley 14.258

Concede pension, por gracia, a doña leonor blanca elena del carmen y a doña rosa consuelo del carmen alzerreca gonzalez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 250467 / 6572798.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Leonor Blanca Elena del Carmen y a doña Rosa Consuelo del Carmen Alzérreca González, una pensión de treinta escudos (Eº 30) mensuales a cada una de ellas, con derecho de acrecer. El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.