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Artículo 118 de la Ley 5.169 · Ley de impuesto a la renta

Ley de impuesto a la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25047 / 7170377.

Texto oficial

Art. 118. Además de las atribuciones que expresamente le confiere esta ley, el Director podrá representar al Fisco en todos los juicios derivados de ella y delegar estas funciones en cualquier funcionario idóneo de la Dirección, siempre que así lo requieran las necesidades del servicio.