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Artículo UNICO de la Ley 14.271

Abona, por gracia, para todos los efectos legales en la hoja de servicios de don augusto bravo v., el tiempo servido que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 250474 / 6572819.

Texto oficial

Artículo único. Abónanse, por gracia, y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don Augusto Bravo Valdivieso, tres años de servicios que desempeñara como integrante del Tercer Tribunal de la Vivienda en Talca y en diversas Comisiones de Hombres Buenos. El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.