Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 14.275 · Concede pension, por gracia, a don agustin azocar salazar

Concede pension, por gracia, a don agustin azocar salazar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 250478 / 6572831.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a don Agustín Azócar Salazar una pensión de Eº 30 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.