Texto oficial
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Marta Diez de Medina Cabello, una pensión de treinta escudos mensuales.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Concede pension, por gracia, a doña marta diez de medina cabello
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