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Artículo UNICO de la Ley 14.736 · Concede pension, por gracia, a don manuel guzman morales

Concede pension, por gracia, a don manuel guzman morales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 250487 / 6572858.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, al señor Manuel Guzmán Morales una pensión de Eº 35 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.