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Artículo UNICO de la Ley 14.738

Concede, por gracia, a doña amelia gomez esquivel el derecho a jubilar en las condiciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 250488 / 6572861.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Amelia Gómez Esquivel, el derecho a jubilar en conformidad a lo dispuesto en el artículo 63, de la ley N.o 10,343, para cuyo efecto se le abonarán en su hoja de servicios como efectivamente prestados, cuatro años, Deróguese la ley N.o 14,023. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.