Texto oficial
Artículo 7.o La presente ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Deroga el articulo 43 de la ley de caminos, que incorporo el camino plano de valparaiso a viña del mar, al camino nacional longitudinal norte
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25055 / 7170445.