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Artículo UNICO de la Ley 14.838

Concede pension, por gracia, a doña luisa rios viuda de dominguez y a sus hijos irene, pilar y ernesto dominguez rios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 250587 / 6573104.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Luisa Ríos, viuda del ex diputado don Germán Domínguez Echenique, una pensión de Eº 80 mensuales, y a sus hijos Irene, Pilar y Ernesto Domínguez Ríos una pensión de Eº 50 mensuales para cada uno, con derecho a acrecer entre ellos, de la que disfrutarán las hijas mientras permanezcan solteras y el hijo hasta su mayoría de edad. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.