Texto oficial
Art. 3.o No podrán establecerse fábricas de alcoholes, licores y cervezas sin dar previamente aviso, por escrito, a la Dirección General de Impuestos Internos, ni empezar su funcionamiento sin autorización de esta oficina.
Fija el texto definitivo de la ley numero 5,231, sobre impuesto a los alcoholes y bebidas alcoholicas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25067 / 9231335.