Texto oficial
Art. 63. Se prohíbe la internación en el país de melazas, destinadas a la elaboración de alcoholes.
Fija el texto definitivo de la ley numero 5,231, sobre impuesto a los alcoholes y bebidas alcoholicas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25067 / 9231404.