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Artículo 65 de la Ley 5.231

Fija el texto definitivo de la ley numero 5,231, sobre impuesto a los alcoholes y bebidas alcoholicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25067 / 9231407.

Texto oficial

Art. 65. Toda reclamación por equivocaciones en el giro o en el pago de las contribuciones establecidas en esta ley, en contra o a favor del Fisco, prescribe en el plazo de seis meses, contado desde la fecha en que deba efectuarse o se haya, efectuado el pago correspondiente. La acción contra los empleados públicos culpables de abusos, o cómplices de fraude, prescribe diez .años después de cometida la falta o delito.